Convenios de doble imposición — cómo evitar pagar impuesto dos veces
Qué es un convenio de doble imposición (CDI), cómo identificar el aplicable, cómo evitar pagar IRPF/IRNR dos veces sobre la misma renta: método de exención o de imputación. España tiene ~95 convenios firmados. Información orientativa, contrasta con asesor especializado.
Última revisión: 22 de mayo de 2026
Qué es la doble imposición internacional
La doble imposición internacional ocurre cuando dos países gravan la misma renta o el mismo patrimonio. Por ejemplo:
- Vives en España y cobras dividendos de Apple (EE.UU.): EE.UU. retiene en origen + España te grava en IRPF.
- Trabajas en Alemania pero eres residente fiscal en España: Alemania retiene tu salario + España te grava en IRPF.
- Tienes piso de alquiler en Francia: Francia te grava como propietario + España te grava como residente fiscal.
La solución es el convenio bilateral de doble imposición (CDI) entre los dos países, que reparte el derecho a gravar y establece mecanismos para evitar la doble carga.
Convenios firmados por España
España tiene firmados ~95 convenios vigentes con los principales países del mundo. Los más relevantes:
UE y EEE
Todos los Estados miembros + Islandia, Noruega, Liechtenstein, Suiza.
América Latina
Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, México, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay, Venezuela.
América del Norte
Estados Unidos, Canadá, México.
Asia
China, India, Japón, Corea del Sur, Indonesia, Tailandia, Vietnam, Filipinas, Singapur, Hong Kong (limitado), Israel, Turquía, Kuwait, Emiratos Árabes Unidos, Arabia Saudita.
Otros
Reino Unido (post-Brexit, sigue vigente), Australia, Nueva Zelanda, Rusia (denunciado parcialmente en 2023), Sudáfrica, Marruecos, Argelia, Egipto.
Países SIN convenio
Algunos países importantes no tienen convenio con España: Mónaco, Bahamas, Andorra (sí lo tiene desde 2016), San Marino, algunos paraísos fiscales (lista de paraísos en negocio fiscal RD 1080/1991).
En esos casos, la única protección es la deducción por doble imposición internacional unilateral del IRPF español (Art. 80 LIRPF) — limitada al menor de: el impuesto extranjero pagado o el IRPF español que correspondería a esa renta.
Cómo funciona un convenio (modelo OCDE)
La mayoría de convenios siguen el modelo OCDE con artículos similares:
- Art. 4: residencia. Reglas de desempate (vivienda permanente, centro de intereses, residencia habitual, nacionalidad).
- Art. 6: rentas inmobiliarias → tributan en el país donde está el inmueble.
- Art. 7: beneficios empresariales → en el país de residencia, salvo establecimiento permanente.
- Art. 10: dividendos → en el país de residencia del perceptor, con retención reducida en origen (5-15 % típico).
- Art. 11: intereses → similar, retención reducida en origen.
- Art. 12: cánones / regalías → similar.
- Art. 13: ganancias patrimoniales → varía según el bien.
- Art. 14-15: rentas del trabajo dependiente e independiente.
- Art. 18-19: pensiones (varía mucho convenio a convenio).
- Art. 22: patrimonio.
- Art. 23: método para eliminar la doble imposición.
Métodos para eliminar la doble imposición
1. Método de exención
El país de residencia exonera la renta gravada en origen. Solo se aplica a algunos tipos de renta (típicamente inmobiliaria) y a pocos convenios.
2. Método de imputación (más habitual)
El país de residencia grava la renta global pero deduce el impuesto pagado en el extranjero hasta el límite del impuesto nacional sobre esa renta.
Ejemplo: cobras 1.000 € de dividendos de Apple:
- EE.UU. retiene 15 % = 150 € (gracias al convenio España-EE.UU., que reduce el general del 30 % al 15 %).
- En España, el dividendo va al IRPF como rendimiento de capital mobiliario: tipo del 19-28 % según tramo, supongamos 19 % → 190 €.
- Deducción por doble imposición: 150 € pagados en EE.UU.
- Pago neto en España: 190 – 150 = 40 €.
- Total tributación: 150 + 40 = 190 € (= 19 % del bruto).
Sin convenio o sin solicitar el certificado de residencia para aplicar el convenio, EE.UU. retendría 300 € y en España pagarías también 190 € (con deducción) — total 490 €. Más del doble.
Cómo aplicar el convenio paso a paso
Caso A — Como residente fiscal en España que cobra renta de otro país
- Obtén el certificado de residencia fiscal en España (más info). Pide el específico para el convenio con ese país.
- Entrégalo al pagador en el otro país (banco, broker, empleador, inquilino). El pagador aplica la retención reducida del convenio en origen.
- Declara la renta neta en tu IRPF español como renta global.
- Aplica la deducción por doble imposición internacional (casillas específicas del modelo 100).
Caso B — Como residente fiscal en otro país que cobra renta de España
- Obtén certificado de residencia fiscal del otro país.
- Entrégalo al pagador español (banco, empresa, inquilino) o directamente al modelo 210 IRNR.
- El pagador aplica retención reducida del convenio (en lugar del 24 % general).
- Si te han retenido en exceso: solicita devolución vía modelo 210 con la documentación del convenio.
Cláusulas habituales que afectan más
Pensiones
Régimen muy variable. Ejemplos:
- Pensiones públicas alemanas a residente español: gravadas en Alemania (origen).
- Pensiones privadas alemanas a residente español: gravadas en España (residencia).
- Pensiones EEUU (Social Security) a residente español: gravadas generalmente en EEUU (Art. 20 CDI España-EEUU).
Consultar caso por caso con asesor especializado.
Trabajo dependiente
Regla de los 183 días: si trabajas en otro país menos de 183 días en un año, el salario tributa en el país de residencia. Si más de 183 días, en el país donde trabajas.
Trabajo a distancia (teletrabajo internacional)
Tema muy actual: si vives en España y trabajas online para empresa de otro país, ¿quién grava?
- Generalmente, el país de residencia (donde físicamente trabajas → España).
- Pero hay acuerdos especiales para cross-border workers (Portugal-España, Francia-España, etc.) tras COVID.
Profesionales liberales (servicios)
- Si tienes “base fija” en el otro país (oficina, presencia estable): tributa allí.
- Sin base fija: tributa en residencia.
Ganancias por venta de inmueble
Regla general: tributa donde está el inmueble (Art. 13). Si tienes vivienda en España y vives en Alemania, la ganancia tributa en España (modelo 210 IRNR + deducción en Alemania).
Casos particulares
Régimen especial de impatriados (Beckham/Nómada digital)
Si te acoges a Art. 93 LIRPF, tributas como no residente en España durante 5-6 años aunque vivas aquí. El CDI te trata como “residente español a efectos del convenio” pero “no residente a efectos de IRPF doméstico” — situación híbrida. Casos complejos, asesoramiento especializado.
Trabajadores fronterizos
Convenios específicos para fronterizos (residentes en zona fronteriza que trabajan al otro lado): España-Portugal y España-Francia tienen cláusulas particulares. Suele aplicar residencia prevalente.
Países en lista de paraísos fiscales
Si la renta proviene de paraíso fiscal sin convenio:
- No deducción por doble imposición internacional.
- Tributación íntegra en España (Art. 80 LIRPF aplica con restricciones).
- Posibles obligaciones informativas adicionales (modelo 720, 721, 232).
Preguntas frecuentes
¿Cómo sé qué convenio se aplica? Por la residencia fiscal de cada parte. España tiene convenios con países concretos — si el otro país no aparece en la lista oficial de Hacienda, no hay convenio y aplica deducción unilateral.
¿Hay convenio España-Andorra? Sí, en vigor desde 2016. Andorra ya no es paraíso fiscal a efectos españoles.
¿Qué pasa con Reino Unido tras el Brexit? El convenio bilateral España-Reino Unido sigue vigente. Lo que cambió son las directivas UE (eliminación de retenciones por la Madre-Filial), no el convenio bilateral.
¿Tengo que pedir el certificado cada año? Sí, en general. La validez típica es de 12 meses. Algunos bancos extranjeros piden refresco anual.
¿Hay convenios con criptomonedas o NFTs? Los convenios no mencionan criptos específicamente — se interpretan por analogía (rendimientos de capital mobiliario, ganancias patrimoniales). La tendencia es aplicar la regla del país de residencia.
¿Y si me retienen en origen sin aplicar el convenio? Tendrás que reclamar al pagador y/o al fisco extranjero. Tedioso. Por eso lo importante es entregar el certificado ANTES de cobrar para que apliquen el convenio en origen.
¿Pago siempre menos con convenio? Sí, en la práctica. Sin convenio, la retención en origen es la máxima del país (15-30 %) sin posibilidad de reducción. Con convenio, suele ser 5-15 % máximo.
¿Dónde consulto el texto completo de un convenio? En el portal de Hacienda: hacienda.gob.es / Normativa / CDI. Texto íntegro + protocolos adicionales.
Hacer este trámite en la sede oficial
Convenios de doble imposición — Hacienda
Te llevamos al sitio web oficial. Si la página no se abre, verifica que
www.hacienda.gob.es
sigue siendo el dominio correcto del organismo.