Licencia para tenencia de perro potencialmente peligroso (PPP)
La licencia administrativa para tenencia de perro potencialmente peligroso (PPP) es obligatoria en toda España según la Ley 50/1999. La otorga el ayuntamiento del domicilio del propietario. Vigencia 5 años. Información orientativa, verifica en la ordenanza municipal y la Ley 7/2023 (reforma pendiente).
Última revisión: 24 de mayo de 2026
Qué se considera “perro potencialmente peligroso”
La calificación viene del Real Decreto 287/2002 que desarrolla la Ley 50/1999. Es PPP el perro que cumpla alguna de estas condiciones:
Por raza o cruce
- Pit bull terrier
- Staffordshire bull terrier
- American staffordshire terrier
- Rottweiler
- Dogo argentino
- Fila brasileiro
- Tosa inu
- Akita inu
Por características físicas
Aunque no sea de raza listada, se considera PPP si reúne todas estas:
- Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
- Marcado carácter y gran valor.
- Pelo corto.
- Perímetro torácico entre 60 y 80 cm, altura a la cruz 50-70 cm y peso superior a 20 kg.
- Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
- Cuello ancho, musculoso y corto.
- Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
- Extremidades anteriores y posteriores rectas, paralelas, musculadas y posteriores muy musculosas con patas relativamente largas.
Por comportamiento
- Perros que hayan tenido episodios de agresiones a personas u otros animales.
- Perros que hayan sido adiestrados para el ataque y la defensa.
Algunas CCAA y ayuntamientos añaden razas extra (Boyero, Bullmastiff, Mastín napolitano, Dóberman, Bulldog americano, etc.). Verifica la ordenanza municipal.
Importante: reforma pendiente con la Ley 7/2023
La Ley 7/2023 de bienestar animal derogará este sistema basado en lista de razas y lo sustituirá por un test de sociabilidad individual para cada perro. Hasta que se apruebe el Reglamento de desarrollo, sigue vigente la Ley 50/1999 y su lista de razas.
Quién está obligado
Cualquier propietario de un perro que cumpla los criterios anteriores debe obtener licencia administrativa antes de tenerlo (o, si ya lo tiene, regularizar inmediatamente).
Excepciones: perros guía, perros de fuerzas y cuerpos de seguridad, perros de protección civil con licencia colectiva.
Cómo se hace paso a paso
1. Obtén los certificados previos
Certificado de antecedentes penales (gratuito):
- Online en el Ministerio de Justicia con certificado digital o Cl@ve.
- Presencial en Gerencias Territoriales del Ministerio.
- Validez: 3 meses.
Certificado de capacidad física y aptitud psicológica:
- Lo emiten centros de reconocimiento autorizados (los mismos que renuevan el carnet de conducir).
- Coste: 30-50 € aproximadamente.
- Validez: 6 meses.
- Examen: vista, oído, movilidad, equilibrio, percepción y un test psicológico breve.
2. Contrata el seguro de responsabilidad civil
Obligatorio antes de solicitar la licencia. Cobertura mínima:
- 120.000 € según RD 287/2002 (Ley 50/1999).
- Cobertura de daños a terceros (personas, animales, bienes).
- Algunas CCAA y ayuntamientos exigen importes mayores (Madrid 175.000 €, Cataluña 150.000 €).
Coste anual: 50-150 € según raza, edad del perro y aseguradora.
3. Solicita la licencia en tu ayuntamiento
Sede electrónica → “Licencia de tenencia de animales potencialmente peligrosos” o “Licencia PPP”.
Documentación que aporta:
- DNI/NIE del solicitante.
- Certificado de antecedentes penales vigente.
- Certificado de capacidad física y aptitud psicológica vigente.
- Póliza del seguro RC + recibo de pago al corriente.
- Acreditación de no haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves de la Ley 50/1999 (declaración responsable o consulta al Registro Central).
- Justificante de pago de la tasa municipal (30-90 € según ayuntamiento).
- Datos del perro (chip, raza, fecha de adquisición).
4. Resolución y entrega
- Plazo de resolución: 1-2 meses generalmente. Si pasa el plazo sin respuesta, silencio negativo (se entiende denegada).
- Si es favorable: tarjeta o resolución en formato PDF.
- Vigencia: 5 años renovables, salvo cancelación previa por infracción.
5. Inscribe al perro en el censo PPP municipal
Además del censo general, los PPP tienen sección específica en el registro municipal. Lleva la licencia + datos del perro + microchip + cartilla sanitaria.
Obligaciones del propietario PPP
Una vez obtenida la licencia, siempre que el perro esté en la vía pública:
- Llevarlo con bozal apropiado para su raza.
- Llevarlo con correa no extensible de menos de 2 metros.
- Una sola persona, un solo perro — no pasear varios PPP a la vez.
- Llevar siempre encima la licencia + chip + seguro o acreditación.
- Recoger excrementos (norma general, pero las sanciones son mayores si es PPP).
- Custodia adecuada en domicilio — no acceso de menores sin supervisión, valla de altura suficiente si vive en jardín.
Coste total aproximado
| Concepto | Coste |
|---|---|
| Certificado capacidad física + psicológica | 30-50 € |
| Antecedentes penales | Gratis |
| Seguro RC (anual) | 50-150 € |
| Tasa municipal de licencia | 30-90 € |
| Total inicial | 110-290 € |
| Renovación cada 5 años | 30-90 € + repetir certificados |
| Seguro RC (cada año) | 50-150 € |
Casos particulares
Adopté un perro y resulta que es PPP
Regulariza inmediatamente. La protectora debe informarte si el perro es PPP. Si te diste cuenta tarde, ve al veterinario para verificar (puede que sea cruce no listado) y, si confirma, inicia el trámite cuanto antes. La tenencia sin licencia es infracción muy grave (multa hasta 15.000 €).
Cambio de domicilio dentro del mismo municipio
Comunica el cambio al censo municipal y al RIAC autonómico. La licencia sigue vigente.
Mudanza a otro municipio
La licencia es municipal. Al mudarte, tramita nueva licencia en el ayuntamiento de destino — la anterior no es válida automáticamente. La mayoría de ayuntamientos aceptan certificados y seguro vigentes para acelerar el trámite.
Mi PPP sólo vive en una finca rural, nunca sale
Sigue siendo obligatoria la licencia. La obligación va con la tenencia, no con el uso. La finca debe tener vallado adecuado.
Quiero llevarlo a otro país de la UE
El PPP español no se reconoce automáticamente fuera. Algunos países UE prohíben directamente la entrada de razas listadas (Francia, Reino Unido, Alemania, Dinamarca, Irlanda restringen pit bulls, dogos, fila brasileiro, tosa, etc.). Verifica antes de comprar billete.
Si tengo dos PPP
Necesito licencia + seguro independiente para cada uno (algunos seguros tienen pack multi-perro).
Si voy a criar PPP
Necesitas además inscribirte en el registro de núcleos zoológicos de tu CCAA — trámite distinto.
Preguntas frecuentes
¿Y si mi perro no es de raza listada pero el ayuntamiento dice que sí es PPP por características? La calificación final la hace el ayuntamiento basándose en el RD 287/2002 + ordenanza municipal. Puedes alegar y aportar informe veterinario si discrepas. Si te ratifican, debes solicitar licencia.
¿La licencia caduca antes de los 5 años por algún motivo? Sí. Caduca si:
- Cese del seguro RC (incumplimiento).
- Sanción firme por infracción grave o muy grave.
- Pérdida de capacidad física o psicológica del titular.
- Antecedentes penales sobrevenidos.
¿Si no renuevo el seguro a tiempo, qué pasa? La licencia queda automáticamente suspendida. Renovar el seguro la reactiva, pero si te denuncian durante el lapso descubierto, la multa es muy grave (1.500-15.000 €).
¿Mi perro morderá a alguien — y si no tengo seguro PPP? La responsabilidad civil del propietario es objetiva (artículo 1.905 del Código Civil) — respondes con tu patrimonio. Sin seguro, los daños médicos a la víctima salen de tu bolsillo. Tener seguro es obligatorio y muy razonable.
¿Mi gato puede ser PPP? No. La Ley 50/1999 sólo aplica a perros.
¿Vale la licencia de mi pareja para nuestro perro común? La licencia es personal — debe tenerla quien tenga la tenencia efectiva. Si vivís juntos y ambos lo pasean, ambos debéis tenerla. La sanción por pasear PPP sin licencia es independiente de quién sea el titular.
Hacer este trámite en la sede oficial
Ley 50/1999 sobre tenencia de animales potencialmente peligrosos
Te llevamos al sitio web oficial. Si la página no se abre, verifica que
www.boe.es
sigue siendo el dominio correcto del organismo.