Fraccionar el pago del IRPF en dos plazos (60/40)
Cómo fraccionar el pago de la renta en dos plazos: el 60% en junio y el 40% en noviembre, sin intereses ni garantía. Diferencia con un aplazamiento solicitado, requisitos y errores comunes al domiciliar.
Última revisión: 25 de mayo de 2026
Qué es el fraccionamiento 60/40
El fraccionamiento del pago del IRPF en dos plazos es una opción automática y gratuita que ofrece la Agencia Tributaria a quienes les sale a pagar la renta. En lugar de pagar todo en junio, divides:
- 60 % del importe: en el 30 de junio (cierre de la campaña habitual).
- 40 % restante: en el 5 de noviembre.
No es necesario pedir nada especial: lo seleccionas al confirmar el borrador o la declaración.
Diferencia con aplazamiento
| Concepto | Fraccionamiento 60/40 | Aplazamiento |
|---|---|---|
| Cuándo se usa | Pago en 2 plazos automáticos | Pago en cuotas más extendidas |
| Requiere solicitud | No (se marca opción) | Sí (modelo de solicitud) |
| Intereses | No | Sí (interés legal) |
| Garantía | No | Necesaria por importes > 30.000 € |
| Plazo máximo | Hasta 5 de noviembre del mismo año | Variable según el caso |
El fraccionamiento 60/40 es la opción más sencilla y barata cuando puedes pagar a 5 meses. El aplazamiento es para casos en que necesitas más plazo o dividir en más cuotas (pero pagas intereses y, si supera 30.000 €, presentas garantías).
Cómo aplicar el fraccionamiento
Al confirmar el borrador
- Entra en la sede electrónica de la AEAT → Renta Web.
- Identifícate con cl@ve / certificado / DNIe.
- Tras revisar el resultado a pagar, en la sección de forma de
pago elige:
- “Pago fraccionado en dos plazos” (60/40).
- Cumplimenta los datos bancarios para el ingreso:
- Primer plazo (60 %): en cuenta antes del 30 de junio. Puedes domiciliarlo (recomendado).
- Segundo plazo (40 %): en cuenta antes del 5 de noviembre.
- Domicilia ambos plazos: la AEAT cargará el importe en la fecha correspondiente sin que tengas que volver a actuar.
- Confirma.
Si ya presentaste pago único y quieres pasar a fraccionamiento
Es demasiado tarde. La opción se elige al momento de presentar. Si ya domiciliaste el pago único y aún no ha llegado el cargo, puedes modificar:
- Sede de la AEAT → “Modificación de datos del pago”.
- Cambia a fraccionamiento si todavía estás dentro del plazo voluntario (antes del 30 de junio).
Cómo se cobra el segundo plazo
- Domiciliado: la AEAT carga el 40 % restante el 5 de noviembre automáticamente.
- No domiciliado: te llega un documento de pago que debes abonar en banco colaborador antes del 5 de noviembre.
¿Y si no hay fondos el 5 de noviembre?
Si la AEAT no consigue cobrar el segundo plazo:
- Pasa el importe al período ejecutivo.
- Aplica recargo del 5 % si lo pagas antes de notificación.
- Recargo del 10 % si lo pagas en el período ejecutivo notificado.
- Recargo del 20 % + intereses si entras en apremio.
Para evitar problemas, mantén saldo suficiente en la cuenta o desactiva la domiciliación y paga manualmente si prefieres controlar.
Modificar o cancelar el fraccionamiento
Antes del 30 de junio puedes:
- Modificar la cuenta de domiciliación para uno o ambos plazos.
- Anular el fraccionamiento y pasar a pago único.
Después del 30 de junio:
- Sólo puedes modificar datos del segundo plazo (no del primero que ya se cargó).
- No puedes cancelar el fraccionamiento ya que es opción al presentar la declaración.
Casos particulares
Aplazamiento para casos especiales
Si necesitas más plazo (más allá del 5 de noviembre) o quieres dividir en más cuotas, debes presentar solicitud de aplazamiento ante la AEAT:
- Modelo de solicitud en la sede electrónica.
- Justifica las dificultades económicas (declaración responsable).
- AEAT puede conceder hasta 12-18 meses con intereses legales.
- Por encima de 30.000 € se exige aval bancario o garantía hipotecaria.
Compensación con otras devoluciones
Si tienes otras devoluciones pendientes (IVA, IRPF de años anteriores, ITP-AJD), puedes compensar parcialmente la deuda con ellas. Solicítalo al confirmar la declaración.
Combinación con el modelo 143 (familia numerosa)
Si recibes el abono mensual anticipado del modelo 143 por familia numerosa, la AEAT regulariza ese importe en la declaración. El fraccionamiento 60/40 se aplica sobre el importe resultante neto.
Cambio de cuenta bancaria entre plazos
Si cambias de banco entre junio y noviembre, comunica la nueva cuenta en la sede de la AEAT sección “modificación domiciliación” al menos 3 semanas antes del 5 de noviembre.
Declaración rectificativa antes del segundo plazo
Si entre junio y noviembre presentas una complementaria que aumenta o reduce el importe, el segundo plazo se ajusta al nuevo resultado.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pedir permiso a Hacienda? No. Es una opción automática que eliges al confirmar la declaración. No hay solicitud separada.
¿Aplica si me sale a devolver? No. El fraccionamiento sólo aplica a declaraciones a pagar.
¿Hay un importe mínimo o máximo para fraccionar? No. Cualquier importe puede fraccionarse. Para deudas grandes (> 30.000 €), valora si te conviene pedir aplazamiento con garantía en lugar del fraccionamiento corto.
¿Y si el 5 de noviembre cae en fin de semana? Se aplaza al siguiente día hábil. La AEAT lo gestiona automáticamente.
¿Y si me equivoco al elegir el fraccionamiento? Mientras estés dentro del plazo voluntario (hasta 30 de junio), puedes modificar la opción entrando en Renta Web. Una vez pasado el 30 de junio, ya no se puede modificar.
Hacer este trámite en la sede oficial
AEAT — Pago del IRPF
Te llevamos al sitio web oficial. Si la página no se abre, verifica que
sede.agenciatributaria.gob.es
sigue siendo el dominio correcto del organismo.