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Extranjería

Residencia de larga duración — el “permiso permanente”

Cómo solicitar la residencia de larga duración (antes “permiso permanente”): 5 años de residencia legal continuada, ausencias controladas, equivalente a un permiso indefinido renovable cada 5 años. Información orientativa.

Última revisión: 22 de mayo de 2026

Qué es la residencia de larga duración

La residencia de larga duración (antes llamada permiso permanente) es una autorización estable para vivir y trabajar en España, sin necesidad de renovar cada año o cada dos años.

Sus ventajas principales:

  • Vigencia indefinida del derecho a residir y trabajar.
  • Solo se renueva la TIE cada 5 años (trámite menor — sin acreditar nuevos requisitos).
  • No exige acreditar medios económicos en cada renovación.
  • Facilita la nacionalidad (porque garantiza la continuidad de la residencia legal).
  • Permite ausencias más largas sin perder la residencia.

Modalidades

1. Residencia de larga duración nacional

La estándar. Requiere 5 años de residencia legal continuada en España.

2. Residencia de larga duración UE

Versión “europea” que permite movilidad a otros Estados miembros de la UE (con trámite simplificado). Mismos requisitos + acreditar ingresos estables y suficientes + vivienda adecuada + seguro médico.

Especialmente útil si planeas mudarte a otro país UE en el futuro.

3. Tras tarjeta de familiar de español

Si fuiste familiar de español (cónyuge, padre/madre/hijo) con tarjeta, accedes a larga duración tras 5 años, computando todo el periodo desde la tarjeta inicial.

Requisitos

Continuada = ausencias inferiores a 6 meses por viaje individual y no superiores a 10 meses en total en los 5 años.

Cuentan:

  • Cualquier permiso de residencia y trabajo (cuenta propia o ajena).
  • Permisos por reagrupación familiar, arraigo, estudios con autorización de trabajo (los estudios computan al 50 %).
  • Tarjetas de familiar de español o comunitario.

NO cuentan:

  • Estancias por estudios sin autorización de trabajo (computan al 50 % pero no al 100 %).
  • Periodos sin papeles.
  • Estancias de corta duración (turismo, visita).

2. Sin antecedentes penales

En España y en cualquier otro país donde hayas residido en los últimos 5 años.

3. Solicitar antes de la caducidad del actual permiso

Idealmente en el plazo de los 60 días previos o 90 días posteriores a la caducidad del permiso anterior. Si dejas caducar tu permiso > 90 días sin renovar, pierdes la condición de residente legal y debes volver a iniciar desde cero.

Documentación

  1. Pasaporte completo en vigor.
  2. Tarjeta de residencia actual (TIE).
  3. Certificado de empadronamiento.
  4. Certificado de antecedentes penales del país de origen (sólo si has estado fuera de España periodos largos en los últimos 5 años — para acreditar antecedentes “limpios” durante esa estancia).
  5. Para larga duración UE: contratos, nóminas, vida laboral acreditando ingresos + escritura/contrato alquiler vivienda + póliza de seguro médico.
  6. Tasa 790-052 pagada (21,87 € en 2026 — diferente a otros arraigos).

Cómo solicitarlo paso a paso

Vía online (preferente)

  1. Entra en la Sede del Ministerio de Inclusión (MERCURIO).
  2. Identifícate con certificado digital, DNIe o Cl@ve.
  3. Selecciona “Residencia de larga duración” o “Larga duración UE”.
  4. Cumplimenta y adjunta documentación.
  5. Paga la tasa.
  6. Envía. Anota expediente.

Vía presencial

Cita en ICP+ de tu provincia. Lleva original + copia.

Resolución

  • Plazo legal: 3 meses con silencio positivo (a diferencia de los arraigos, aquí silencio = aprobación).
  • Real: 1-4 meses.
  • Si favorable: cita de huellas en 1 mes.
  • TIE válida 5 años.

Tras la concesión

  • Renovación cada 5 años sólo de la TIE física (la autorización en sí es indefinida).
  • En la renovación de TIE NO se vuelven a acreditar ingresos ni vivienda — solo identidad y empadronamiento.
  • Puedes ausentarte de España hasta 12 meses seguidos sin perder la condición (24 meses para larga duración UE, con comunicación previa).
  • Acceso pleno a la nacionalidad por residencia tras los plazos (10 años caso general, 2 iberoamericanos, etc.).

Casos particulares

Periodos como estudiante con autorización de trabajo a tiempo parcial

Computan al 50 %. Es decir, 2 años de estudios = 1 año a efectos de larga duración. Si combinas 4 años estudios + 3 años trabajo, sumas 2 (estudios al 50 %) + 3 = 5 años.

Periodos como estudiante sin autorización de trabajo

Tras la reforma de 2025, también computan al 50 %, mejor que antes (que era 0 %). Verifica tu caso con un abogado de extranjería.

Estuve fuera más de 6 meses por trabajo o estudios

Las ausencias por motivo de trabajo o estudios documentados pueden no romper la continuidad si las comunicaste previamente a la Oficina de Extranjería. Si no las comunicaste, pueden romper el cómputo (se evalúa caso por caso).

Tarjeta de larga duración perdida durante una ausencia

Si pierdes la TIE estando fuera, no pasa nada con el derecho. Al volver, pide duplicado en ICP+ (tasa pequeña). La autorización sigue vigente.

Cambio de larga duración nacional a UE

Si tienes la nacional y quieres pasar a la UE (porque planeas mudarte a Alemania, por ejemplo), puedes solicitar la modificación acreditando los requisitos adicionales (ingresos, vivienda, seguro).

Pérdida de la larga duración

Se pierde por:

  • Ausencia continuada > 12 meses (larga duración nacional) o 24 meses (UE).
  • Adquisición de residencia de larga duración en otro Estado UE (sales del sistema español).
  • Resolución administrativa por antecedentes penales graves posteriores a la concesión.

Preguntas frecuentes

¿Es equivalente a la nacionalidad? No. La nacionalidad es derecho ciudadano pleno: voto, servicio público (oposiciones a la Función Pública nacional), pasaporte español, sin riesgo de expulsión. La larga duración es derecho a residir y trabajar indefinidamente, pero sigues siendo extranjero.

¿Es paso obligatorio hacia la nacionalidad? No es obligatorio, pero es muy recomendable. La continuidad de la residencia legal que exige la nacionalidad se acredita mucho más fácilmente con larga duración (sin riesgo de quedarse sin papeles entre renovaciones).

¿Y si tuve una sentencia penal hace años? Los antecedentes deben estar cancelados en el momento de la solicitud. Antecedentes graves recientes son causa de denegación.

¿Puedo vivir un año en mi país sin perder la larga duración? . Hasta 12 meses continuados de ausencia (24 si tienes larga duración UE). Si vas a estar más tiempo, comunícalo previamente a Extranjería con justificación (motivo profesional, familiar grave, estudios).

¿Cuánto tiempo tarda en la práctica? Promedio 1-4 meses según provincia. Madrid suele ser más lenta; provincias pequeñas (Soria, Teruel) resuelven en semanas.

¿La pareja registrada también accede a larga duración? Sí. La pareja registrada o cónyuge con tarjeta de familiar tiene derecho a larga duración tras 5 años de residencia legal, igual que cualquier otra modalidad.

Hacer este trámite en la sede oficial

Larga duración — Ministerio de Inclusión

Te llevamos al sitio web oficial. Si la página no se abre, verifica que extranjeros.inclusion.gob.es sigue siendo el dominio correcto del organismo.